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Algunas de las naves afectadas por la sentencia. A la derecha, el alcalde Carbonell.
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Algunas de las naves afectadas por la sentencia. A la derecha, el alcalde Carbonell.

Multa coercitiva al alcalde de Sant Esteve por el derribo de 12 naves industriales

Por Francisco J. Rodríguez
martes 10 de marzo de 2020, 11:02h
El juzgado impone una sanción de 150 euros diarios a Enric Carbonell hasta que no garantice que el Ayuntamiento tendrá capacidad para pagar los 4,6 millones de euros de indemnización a los propietarios de esas naves, ubicadas en terrenos de una familia de potentados del municipio. Carbonell asegura a El Llobregat que están ultimando el plan de ajuste que permita realizar el pago.

El culebrón por las naves industriales en terrenos de la familia Farràs que han de ser derribadas en base a una sentencia judicial da un salto. Ahora, el juzgado de los Contencioso número 12 de Barcelona ha impuesto una multa coercitiva de 150 euros diarios al alcalde de Sant Esteve, Enric Carbonell, por estimar que "incumple" el auto del 9 de julio del 2019, que a su vez desestimaba el recurso municipal para evitar que se tuvieran que derribar 12 naves industriales que trabajan hoy día a pleno rendimiento y que se erigen en terrenos de los Farràs.

El auto impone una multa de 150 euros diarios a Carbonell hasta que no garantice que el Ayuntamiento puede hacer frente al pago de 4,6 millones de euros a terceros de buena fe -es decir, las empresas ubicadas en las naves- por los perjuicios derivados del derribo. En este sentido, Carbonell ha explicado a El Llobregat que están "ultimando" el plan de ajuste que ha de permitir hacer frente a ese pago. Por su parte, Sergi Aymerich, abogado de los Farràs, denuncia que el consistorio sesrovirense "incumple" resoluciones judiciales, mientras que Carbonell contraargumenta que "siempre" han acatado las decisiones y peticiones judiciales.

Carbonell, en este sentido, considera que la multa se debe circunscribir en la "presión" para disponer ya del plan de ajuste para hacer frente al pago de los 4,6 millones. Se trata de un plan de contingencia sobre el que, asegura, ya venían trabajando y que están a punto de presentar. Otra cosa será si, una vez lo presenten, consiguen el préstamo de esa cantidad. "El plan determina que el Ayuntamiento prevé aquellas decisiones que permitirán encontrar un hueco para pagar el préstamo", afirma Carbonell, que pone énfasis en la necesidad de trabajarlo "con calma" porque es el documento que permitirá saber "cómo encajará el consistorio el préstamo para garantizar el derribo". Y es que, precisamente Sant Esteve Sesrovires no cuenta con unas cuentas saneadas y es el ayuntamiento más endeudado de la comarca.

De momento, el Ayuntamiento ha de remitir al juzgado los datos de todos los regidores del Ayuntamiento para así tramitar la posible imposición de más multas coercitivas, además de informar sobre los bienes o derechos patrimoniales del consistorio que puedan ser embargados.

Una historia con un cuarto de siglo de antigüedad

Y es que el culebrón viene de lejos. Hace 24 años el Ayuntamiento de Sant Esteve Sesrovires llevó a cabo una reparcelación en el polígono industrial Sesrovires. Tres años más tarde, en 1998, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) la anuló. Las licencias, no obstante, se habían ido concediendo y uno de los damnificados, la familia Farràs, comenzó un pleito por unos terrenos sobre los cuales se alzan hoy en día las 12 naves amenazadas. La familia denuncia que estos terrenos se inscribieron a nombre de otro propietario y ahora los tribunales le han dado la razón. El 14 de mayo de 2010, el Juzgado Contencioso Administrativo 12 de Barcelona así lo estableció, ordenando a su vez el derribo de estos 12 recintos. Una sentencia que es firme desde mayo de 2013, cuando fue confirmada por el TSJC, que desestimó el recurso de apelación que formuló el consistorio.

Es por esto que ahora mismo hay empresas que, pese a haber edificado sus naves con licencias de obras y la documentación en regla, ven amenazada su actividad en virtud de la sentencia que anula la reparcelación que llevó a cabo el consistorio.

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