www.elllobregat.com
Esplugues incentiva la puesta en marcha de nuevas actividades económicas y el autoempleo

Esplugues incentiva la puesta en marcha de nuevas actividades económicas y el autoempleo

jueves 14 de julio de 2022, 10:58h

El ayuntamiento de la localidad abre dos líneas de subvenciones, a la que pueden optar tanto personas físicas como jurídicas, que pueden alcanzar los 5.000 euros

El Ayuntamiento de Esplugues ha puesto en marcha un nuevo programa de ayudas económicas para fomentar el emprendimiento y la actividad económica en la ciudad. Las nuevas subvenciones, divididas en dos líneas complementarias, tienen como destinatarios las personas físicas y jurídicas que inicien una nueva actividad por cuenta propia en la localidad o se hayan dado de alta como autónomo y que también desarrollen su iniciativa emprendedora en la localidad.

En la instancia y las bases de la convocatoria se detallan con más precisión los gastos retribuibles en cada una de las líneas. Fuentes municipales han explicado que el nuevo programa de ayudas tiene una doble intención: “incentivar la actividad económica y fomentar el empleo, ya sea con la contratación por cuenta ajena como por cuenta propia (autoempleo)”.

Para poder acceder a las ayudas, los solicitantes tienen que haber puesto en marcha su empresa o establecimiento comercial en la ciudad a partir del 1 de enero de 2021 o bien llevar un año dado de alta en el régimen de autónomos en el momento de pedir la subvención y tener el domicilio fiscal o el centro de trabajo en Esplugues. El importe de los incentivos económicos puede alcanzar los 5.000 euros y el plazo de presentación de solicitudes (que se pueden cursar de forma telemática mediante la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Esplugues) está abierto hasta el próximo 30 de noviembre.

Antes, en el paro

Otros requisitos que deberán cumplir los solicitantes de las ayudas son haber estado en situación de paro o inscritas como demandantes de ocupación a las oficinas de empleo de la Generalitat de Cataluña antes de iniciar la nueva actividad económica y haber iniciado la actividad profesional o empresarial en que el alta inicial (alta censal o IAE) y el alta al régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) u otros regímenes especiales se haya producido a partir del 1 de enero de 2021.

Además, los candidatos no podrán haber sido dados de alta en el RETA o en los regímenes especiales por la misma actividad laboral en el último año ni tampoco haberse beneficiado de la misma ayuda económica municipal en la convocatoria inmediatamente anterior.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios