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El Hipercor de Cornellà no tendrá que pagar a la Generalitat, de momento, la tasa de grandes superficies

El Hipercor de Cornellà no tendrá que pagar a la Generalitat, de momento, la tasa de grandes superficies

miércoles 16 de diciembre de 2015, 19:13h

El Tribunal Supremo dicta la suspensión cautelar de varias liquidaciones del impuesto que exime de pagar al conocido centre comercial de la ciudad 1,48 millones

La Generalitat de Cataluña no cobrará, por el momento, los tres millones de euros que reclama a tres grandes centros comerciales correspondiente al pago de la tasa catalana de grandes superficies comerciales. Se trata del Hipercor de Cornellà, el Corte Inglés de Diagonal y el de Sabadell que, entre los tres, suman tres millones por esta tasa. El Tribunal Supremo, a través de dos sentencias, ha estimado el recurso de casación del grupo de distribución y ha dictado la suspensión cautelar de varias liquidaciones del impuesto, tras las sentencias de rechazo de dicha suspensión por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

De esta manera, el conocido centro comercial de Cornellà –el que más debe pagar de los tres- queda eximido de pagar un total de 1,48 millones por este gravamen girado por la Junta de Finances de Catalunya en 2013. Según el Supremo, la “apariencia de buen derecho” justifica su fallo, aunque en ningún momento se valora ni juzga la legalidad de la tasa. Y es que, el año pasado, la Comisión Europea y la Dirección General de la Fiscalidad de la Unión Europea ya advirtió de la posible incompatibilidad de este impuesto con el ordenamiento europeo. Es más, de hecho, este marzo, la misma entidad hizo un ultimátum a las autonomías que aprobaron este impuesto para que lo eliminaran o bien que lo extendieran a los establecimientos exentos. En respuesta a ello, Canarias nunca lo llegó a aplicar, mientras que Navarra y La Rioja lo eliminaba de su régimen fiscal. Sin embargo, Cataluña, Aragón y, también, Canarias continúan en negociaciones con la comunidad europea para concretar un rediseño del impuesto.

Actualmente, según la ‘Agència Tributària de Catalunya’, el tipo de gravamen establecido es de 17,429 euros por metro cuadrado, aplicable a la suma de tres superficies, primero, la superficie de venta; segundo, almacenes y talleres, obradores y espacios de producción; y, tercero, la superficie de aparcamientos. Depende de la superficie, se aplica una reducción que va del 0,6% (para las superficies de menos de 5.000 metros cuadrados) al 1% (para las superficies superiores a los 10.000 metros cuadrados) para obtener la base liquidable total.

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