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El ‘matrimonio gay’ no es un derecho

Por Mossèn Xavier Sobrevía
jueves 07 de julio de 2016, 03:49h
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, ha dictaminado por unanimidad que el matrimonio de personas del mismo sexo no es un derecho. ¿Alguien recuerda haber leído, escuchado o visto en nuestro país alguna información sobre esta sentencia?

Este resultado judicial, presentado el 9 de junio, tiene su origen en el pleito presentado por los señores Chapin y Charpentier contra Francia. Ambos contrajeron matrimonio civil en el ayuntamiento Bègles el año 2004, que fue impugnado por la procuraduría de la República y fallado a favor de su anulación por las distintas instancias judiciales francesas. Después fue llevado por los interesados al Tribunal de Estrasburgo, que ahora ha resuelto en el mismo sentido: el matrimonio entre personas del mismo sexo no es un derecho.

Dicho de otro modo: los países europeos firmantes del Convenio Europeo sobre Derechos Humanos tienen el derecho a decidir esta cuestión como mejor les parezca sin sufrir represalias del Tribunal. Los jueces afirman que el artículo 12 del Convenio consagra “el concepto tradicional del matrimonio como la unión de un hombre y de una mujer” y que no impone a los gobiernos la “obligación de abrir el matrimonio a las personas de mismo sexo”.

El Tribunal Europeo ha sentenciado que “los Estados son libres de reservar el matrimonio únicamente a parejas heterosexuales y gozan de un margen de apreciación para decidir acerca de la naturaleza exacta del estatuto otorgado por otros modos de reconocimiento jurídico”. Puede ser que la regulación legal francesa o española, por razones ideológicas, presiones de “lobbys”, intereses electorales o estrategias partidistas lo incorpore en sus leyes, pero no puede exigirse a los Estados en razón de constituir un derecho y que sería una discriminación su negativa.

En las sentencias se recuerda la doctrina común de que el matrimonio es la institución de los emparejamientos potencialmente fecundos, y que son estos posibles hijos comunes los que le otorgan su especificad al matrimonio.

La reciente sentencia viene a frenar la propaganda de los grupos LGBT, que presentan la aprobación del “matrimonio gay” como un avance imparable al que solo se resisten un puñado de países. La realidad es que solo 17 de los 193 países miembros de la ONU tiene esta institución. Y la sentencia respalda la postura de países europeos como Polonia y Hungría que rechazan abiertamente esa posibilidad.

En el fondo nos jugamos el respeto a la verdad de lo que significa el matrimonio y la familia. Clarificar las cosas es un importante servicio al bien común y al verdadero desarrollo de las personas, así como la mejor garantía para asegurar la dignidad, la igualdad y la verdadera libertad. III

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