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La justicia aleja definitivamente de Núria Marín la sombra de la corrupción
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La justicia aleja definitivamente de Núria Marín la sombra de la corrupción

jueves 14 de julio de 2022, 18:36h

El auto de archivo de las diligencias concluye que la alcaldesa de L’Hospitalet no cometió los delitos de malversación ni prevaricación. En su escrito la juez reitera que tampoco encontró indicios de que hubiera cometido el delito de omisión del deber de perseguir actos delictivos

La alcaldesa de L’Hospitalet y presidenta de la Diputación de Barcelona, Núria Marín (PSC), puede respirar tranquila. El auto de sobreseimiento provisional de la investigación abierta sobre ella en relación al caso de corrupción en el Consell Esportiu de la ciudad no solo la exonera de un posible delito de omisión de su deber como primera edil de denunciar las irregularidades, sino que la desvincula totalmente de la trama del presunto desvío de subvenciones e irregularidades contables detectado en el consejo. “No resulta debidamente justificada” la perpetración de los delitos "de malversación y prevaricación”, en palabras de la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de L’Hospitalet.

La magistrada coincide en sus argumentaciones con "el relato de los hechos efectuado tanto por el ministerio fiscal como por el letrado” de la alcaldesa. El escrito de archivo de diligencias previas deja bien claro que ni las decisiones tomadas por Marín (una vez conoció los hechos denunciados por boca del exconcejal socialista, y ahora alcaldable de ERC, Jaume Graells), ni su vinculación como alcaldesa con el Consell Esportiu “pueden ser calificadas de delito”, según la jueza.

En lo relativo a los cargos de malversación y prevaricación, el archivo del procedimiento 930/2020-02 deja claro que "no existen indicios de que la señora Marín haya actuado contra derecho”. El escrito matiza que Marín “actuó de conformidad a su cargo tanto en la tramitación de las subvenciones” concedidas a la entidad.

No implica indicio mínimo

Según el auto, el hecho de que la presidenta de la Diputación barcelonesa participara en las asambleas generales del Consell Esportiu, en tanto que primera edil de la ciudad, “no implica ‘per se’ indicio mínimo de comisión de delito de prevaricación”. Este argumento también lo comparte el fiscal asignado al caso, y así lo hizo constar en su escrito en el que también pedía el archivo de las diligencias.

La jueza del Juzgado número 2 de L’Hospitalet considera al Consell Esportiu de la ciudad “un ente externo al Ayuntamiento”, lo que ratifica que la alcaldesa “no tenía intervención en el otorgamiento de subvenciones”. El escrito libera de ‘culpa’ en esta trama tanto a Núria Marín como a su equipo pues “es inexistente la participación de la alcaldía en las fases de otorgamiento y control de las subvenciones otorgadas al Consell Esportiu".

Sin justificación

En base a esta exposición, el escrito de la magistrada subraya que “debe concluirse que no existe indicio de que la conducta de la señora Marín pueda ser constitutiva del delito de malversación o prevaricación”, pues la perpetración de ninguno de los dos "no resulta debidamente justificada”, precisa la jueza.

La magistrada del caso ha dictaminado el archivo provisional de la investigación contra Marín pese a que todavía no ha recibido el informe pericial sobre las cuentas del consejo encargado a la Intervención General del Estado. El motivo es que, en su opinión, no hay indicios de que de los resultados de estas pesquisas se derive “transcendencia penal”.

Plazo de cinco días

La acusación particular (ejercida entre otros por el grupo municipal de En Comú Podem) se ha opuesto desde el principio al archivo de las diligencias y así se lo notificó a la jueza durante la instrucción. Igualmente, dispone de un plazo de cinco días desde que le fue notificado el sobreseimiento (13 de julio) para presentar un recurso ante el Juzgado de Instrucción número 2 de L’Hospitalet, que en caso de recibirlo lo remitirá a la Audiencia Provincial de Barcelona. La formación morada ya ha anunciado su intención de recurrir la decisión judicial.

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