www.elllobregat.com
Gavà prohibe los patinetes eléctricos en varias calles
Ampliar

Gavà prohibe los patinetes eléctricos en varias calles

Por Sonia Algaba Benito
jueves 26 de enero de 2023, 19:31h
La nueva ordenanza de circulación establece límites de velocidad, uso obligatorio del casco y sanciones desde 100 hasta 500€ en caso de incumplimiento

Son tantos los ciudadanos que hacen uso de los patinetes eléctricos en su día a día que parece que convivan en las calles más patinetes que peatones. Con la moda y facilidad de los patinetes eléctricos, han surgido también las quejas y problemas de convivencia entre los peatones y los veloces vehículos de movilidad personal (VMP).

Con el tiempo y el paso de los años, han sido ya varios los municipios que han extremado precauciones y han reducido el uso de estos vehículos en las vías de la ciudad. Uno de los últimos es Gavà, que ha compartido una nueva ordenanza de circulación para los VMP. Gemma Badia, alcaldesa de Gavà ha presentado la nueva ordenanza que pasará por la aprobación del pleno municipal este jueves 26 de enero, con el que se pretende mejorar la seguridad en las calles del municipio y adaptar las normas de tráfico.

La nueva normativa se aplica no solo para VMP, también para bicicletas, y aparatos no motorizados que se utilicen en el espacio público. “La ordenanza pretende garantizar la seguridad y la buena convivencia en nuestra ciudad. Adaptamos la normativa atendiendo las necesidades expresadas por la ciudadanía.”, señala Badia. Tras ser aprobada en el pleno, la normativa será expuesta durante 30 días y en caso de no haber alegaciones, entraría en vigor a mediados de marzo 2023.

Nuevas normativas

Los VMP deberán circular por vías ciclistas y calles de 30 km/h, quedando exentos de circular por las calles de peatones, la Isla de peatones, las aceras y la Rambla. Entre otras de las obligaciones, que ya se conocen, es imprescindible el uso de casco, de lo contrario se enfrentan a multas de 200€, y un único patinete solo puede ser ocupado por una persona. La edad mínima para circular con estos vehículos es de 14 años.

Para que la ciudadanía sea informada sobre el uso de los vehículos tras la aprobación de la nueva normativa, se establecerá una campaña informativa antes de la imposición de multas.

Las bicicletas y otros elementos de desplazamiento que no funcionen a motor, sí que serán aptos en la Isla y espacios de peatones, teniendo en cuenta que debe haber una anchura de 3 metros.

Sanciones y límites de velocidad

La ordenanza municipal especifica en un apartado los límites de velocidad que no se pueden superar. En vías externas al núcleo urbano y zonas industriales la velocidad máxima es de 50 km/h; en vías urbanas y caminos agrícolas es de 30 km/h; en calles residenciales y caminos forestales/ rústicos, no se pueden superar los 20 km/h; y en islas de peatones y zonas no motorizadas como parkings o zonas de aparcamiento comercial, no se pueden superar los 10 km/h.

En caso de no cumplir con la normativa, las multas pueden oscilar entre los 100 y los 500€. Circular sin casco, abandonar el vehículo o estacionar en la acera, será penalizado con una sanción de 200€; mientras que la conducción temeraria de bicis o patinetes puede alcanzar los 500€.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(1)

+
1 comentarios