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Nueva victoria ciudadana en la lucha por las indemnizaciones para los afectados por el amianto
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Nueva victoria ciudadana en la lucha por las indemnizaciones para los afectados por el amianto

lunes 11 de julio de 2016, 18:01h

El Tribunal Supremo desestima un recurso de la empresa Honeywell Fricción (antigua Jurid Ibérica y actual Federal Mogul), ubicada primero en El Prat y luego en Zona Franca, con lo que tendrá que abonar el 50% de la paga de viudedad a la esposa de un trabajador expuesto al amianto

La lucha se centra fundamentalmente en dos pilares: primero, retirar todo el material acabado de amianto que continúa en nuestros pueblos y ciudades; y, segundo, el reconocimiento por parte de las instituciones judiciales de la afectación que ha ocasionado este material ‘mortal’ en infinidad de trabajadores. Mientras que la primera causa sigue siendo una causa pérdida –ninguna administración se quiere hacer cargo ni de un mapeo del amianto ni de su costosa retirada-, en lo segundo, los afectados por el amianto y sus familiares comienzan a ganar la guerra, batalla a batalla.

El Tribunal Supremo ha desestimado hoy un recurso de la empresa Honeywell Fricción (antigua Jurid Ibérica y actual Federal Mogul), ubicada primero en El Prat de Llobregat y luego en la Zona Franca, y, por tanto, tendrá que abonar un recargo del 50% sobre la prestación de viudedad a la mujer de un trabajador muerto en 2011 como consecuencia de una asbestosis de origen profesional, al estar en contacto con amianto.

De esta manera, se confirma la condena a la empresa de “una indemnización por daños y perjuicios derivados del incumplimiento en materia de prevención de riesgos laborales” y no da la razón, en ningún caso, a la empresa que considera que “no cabe responsabilidad porque no se ha producido incumplimiento de normas en materia de amianto” de la época. Por su parte, la Sala de lo Social del TS considera que “la empresa no ha demostrado el cumplimiento en todo caso de su deber de protección; antes al contrario, han quedado probados numerosos errores e inadecuados sistemas de trabajo y protección”.

En concreto, según la sentencia y en referencia a informes del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), en 1977 se superaba la concentración máxima permitida en polvo de amianto, no se disponía de extracción localizada en las tolvas de carga de los molinos y mezcladores, ni en las básculas donde se pesaba el amianto y otros componentes; no se había observado la utilización de protecciones personales para el aparato respiratorio; en 1982, la fábrica continuaba superando los niveles de fibras de amianto y, en 1984, continúa sin subsanar el riesgo objetivo de inhalación de amianto.

Hasta entonces, la fábrica estaba ubicada en El Prat de Llobregat. Y solo con su traslado a la Zona Franca se adoptan algunas medidas de prevención con algunos sistemas de ventilación, dobles taquillas y proporcionando a los trabajadores máscaras de protección. Por otro lado, en cambio, no consta que la empresa realizara al trabajador reconocimientos médicos específicos. “Honeywell sitúa El Prat de Llobregat en primera línea del drama del amianto en Cataluña, al lado de localidades tristemente marcados por el asbesto como son Castelldefels y Cerdañola”, ha dicho el abogado del Colectivo Ronda, Àlex Tisminetzky. “El hecho de que en solo dos años se hayan dictado siete sentencias firmes que condenan a la empresa demuestra que centenares de personas han estado expuestas a un gran riesgo que ahora justo se comienza a manifestar, dados los largos periodos de latencia de las enfermedades relacionadas. Y, de nuevo, como hemos visto con Uralita o Rocalla, nos encontramos en la situación de haber ido a juicio para conseguir que se reconozca lo obvio: la responsabilidad de la empresa sobre las muerte producidas por el amianto, que afectan a los extrabajadores de Honeywell y a sus familias”.

De hecho, los trabajadores de esta empresa fueron los impulsores de la Asociación de Víctimas Afectadas por el Amianto de Cataluña y que tiene como sede El Prat de Llobregat. Trabajadores como el protagonista de esta sentencia que estuvo desde 1973 a 1990 expuesto al amianto, un material prohibido en España en 2002, pero que aún inunda nuestras ciudades desde canelones o bajantes, tejados hasta elementos decorativos.

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